El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha publicado la Orden PJC/178/2025, regulando las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social para el ejercicio 2025.
Principales cambios en cotización
Tope máximo de cotización: 4.909,50 euros mensuales.
Bases mínimas: Aumentan según el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2025.
Cotización adicional de solidaridad:
0-10 % sobre la base máxima: 0,92 %
10-50 % sobre la base máxima: 1 %
Más del 50 % sobre la base máxima: 1,17 %
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,80 % (0,67 % a cargo del empleador y 0,13 % del trabajador).
Bases de cotización por grupos
Grupo 1: Ingenieros y Licenciados. Base mínima de 1.929,00 euros al mes y base máxima de 4.909,50 euros al mes.
Grupo 2: Ingenieros Técnicos y Peritos. Base mínima de 1.599,60 euros al mes y base máxima de 4.909,50 euros al mes.
Grupo 3: Jefes Administrativos. Base mínima de 1.391,70 euros al mes y base máxima de 4.909,50 euros al mes.
Grupos 4 al 7: Administrativos y Subalternos. Base mínima de 1.381,20 euros al mes y base máxima de 4.909,50 euros al mes.
Grupos 8 al 11: Oficiales y Peones. La base mínima diaria es de 46,04 euros y la base máxima diaria es de 163,65 euros.
Trabajadores autónomos
Para los trabajadores autónomos, las bases y tramos de cotización se ajustan a la normativa del Real Decreto-ley 13/2022.
Objetivo de la normativa
Esta medida busca garantizar la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social y asegurar la protección social de los trabajadores en España. Se espera que, con la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2025, se puedan realizar ajustes adicionales en materia de cotización.
FUENTE: BOE-A-2025-3780
Gestoria Maresme, Gestoria experta en Seguridad Social en Mataró


